Buenos Aires.- Esto se enmarca dentro del plan estratégico del INTI, de lograr un estado técnicamente sólido, ya que estaríamos, por un lado, cumpliendo con las normativas que marca el estado asumiendo responsabilidad en la gestión y por el otro, realizando la labor sobre un territorio determinado el cual involucra a sus ciudadanos, modificando el escenario actual y superando las limitaciones de los mismos.
La no presencia en más de una provincia para realizar las verificaciones técnicas dentro del campo normado, con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero para el usuario, por otra parte, nuestra industria que es cada vez mas solicitada para la realización de trabajos que en otros países son mas costosos pues contamos con mano de obra altamente calificada y costos competitivos, hacen que esta tarea sea sumamente útil al país.
Por lo tanto se encaró un plan de trabajo para la apertura de agencias del Programa de Asistencia Técnica al Estado (P.A.T.E.) en diversas provincias, para realizar tareas de verificación de regímenes especiales en las mismas, tarea que efectúa el Programa de Aplicación de Regímenes Especiales.
La primera fue la apertura que se realizó en la provincia de Salta, en el lugar que ocupa la delegación del NOA, el 1º de Diciembre del año pasado.
La segunda en la ciudad de Comodoro Rivadavia, en el lugar que ocupa la Cámara de Comercio e Industria de la citada ciudad, el 19 de Enero del 2009, la cual nos cedió, muy gentilmente, un lugar físico para comenzar la labor.
Las líneas de trabajo que se encaran en una primera instancia son:
Prórrogas para equipos de Prueba, Ensayo y Control
Normativa: Dec. 1001/82 Art. 31, Nota DGA 54/06.
Verificar las máquinas y aparatos para ensayos que hubieren de someterse a pruebas o controles, o bien aquellos que en espera de la entrega o de la reparación de mercadería semejante se pusieren gratuitamente a disposición de un cliente por el proveedor o el reparador, según fuere el caso.
Destinación Suspensiva de Importación Temporaria (reparaciones)
Normativa: Dec. 1001/82 - Nota DGA 67/06 - Dec. 1330/04.
Verificar que las mercaderías que hubiere de ser importada temporalmente para ser objeto de transformación, elaboración, combinación, mezcla, reparación, agregado físico o de cualquier otro perfeccionamiento o beneficio responda a condiciones técnicas predeterminadas que condujeren a obtener mayores rendimientos.
Líneas de Producción completas y autónomas
Normativa: Res. 11/02 y sus modificatorias.
Líneas de Producción nuevas
Normativa: Res. 256/00 y sus modificatorias.
Los bienes susceptibles de ser importados bajo el presente Régimen deberán ser nuevos, formar parte exclusivamente de una nueva línea de producción completa y autónoma.
Líneas de Producción usadas
Normativa: Res. 511/00 y sus modificatorias.
Verificar que los bienes usados a importarse deberán formar parte exclusivamente de una línea de producción completa y autónoma a ser instalada por la solicitante, dentro del ámbito donde funciona la empresa y ser imprescindibles para la realización del proceso productivo objeto de la petición.
Bienes de Capital de Producción Nacional
Normativa: Dec. 214/04.
Verificar que los bienes de capital formen parte de un proceso productivo.
Contrato llave en mano de Exportación
Normativa: Dec. 870/03 - Res. 12/04.
Maquinaria Agrícola
Normativa: Disp. 849/96 - Disp. 1117/96.
Verificación de las mismas, que no estén destinadas a la industria automotriz.
Bienes Usados
Verificación de vida útil.
Maquinaria Vial usada para obras públicas
Normativa: Dec. 1187/04 - Res. 364/05 - Disp. 438/05.
Verificar la importación de Maquinaria vial autopropulsada con una antigüedad no mayor a DIEZ (10) años y las autopartes usadas o remanufacturadas que la acompañan, necesarias para el mantenimiento de dichos bienes.
Deben ser usadas en obras públicas.
Exportaciones para reparación
Verificación de la realización de los trabajos de reparación.
Verificación de la Ley de Promoción de Inversiones. (25.924)
Auditoria técnica para la verificación de los proyectos aprobados por el Ministerio de Economía.
Derechos de Importación Extrazona - Fijación
Normativa: Res. 27/2001 - Res. 8/2001.
Verificación del tratamiento arancelario de ciertos bienes cuando ingresen en condición de usados.
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